Todo sobre las Capitulaciones Matrimoniales

Al momento del casamiento, es fundamental que la pareja considere los elementos legales que regulan la unión, entre los que se destacan las capitulaciones matrimoniales. En este escrito, explicamos algunos aspectos relacionados con este tema y, al mismo tiempo, se presenta una serie de interrogantes con su respectiva respuesta para que el lector despeje las dudas que pudiera tener. 

¿En qué consiste la capitulación matrimonial?

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Con este término se hace referencia a un contrato mediante el cual se determina la forma de convivencia y relación económica que tendrá lugar durante el matrimonio. Para que el documento tenga carácter legal debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Ser redactado por un notario 
  • Considerarse una escritura pública
  • Estar inscrito en el Registro Civil

A tales efectos, el Código Civil de España, establece en el artículo 1325 que

“En capitulaciones matrimoniales podrán los otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo”.

El precitado artículo devela que las capitulaciones matrimoniales no solo contemplan aspectos legales y económicos, sino que abarcan otros acuerdos sobre lo que pudiera ocurrir durante la convivencia o, si es el caso, posterior a la ruptura de la relación. 

Otros acuerdos que pueden establecerse en las capitulaciones matrimoniales

Las personas que acuden ante un notario para solicitar una capitulación matrimonial, generalmente, lo hacen con el propósito de pactar el régimen económico que regirá la relación. No obstante, si los contrayentes así lo desean se pueden establecer acuerdos con respecto a:

  • Pautas para convivir juntos
  • Lugar donde se establecerá el matrimonio
  • Pago de compensación si alguno de los cónyuges comete infidelidad o adulterio 
  • Forma de afrontar una separación o divorcio
  • Amparo y manutención de los hijos

Tipos de regímenes económicos matrimoniales (capitulaciones matrimoniales)

tipos de capitulaciones matrimoniales

Las leyes españolas contemplan tres clases de capitulaciones o regímenes económicos matrimoniales: bienes gananciales, de separación y de participación. 

Capitulación con régimen de bienes gananciales 

Es un acuerdo entre la pareja en el que se especifica que las ganancias o beneficios obtenidos en el matrimonio pertenecen por igual a ambas personas. En consecuencia, en caso de una disolución matrimonial, los bienes adquiridos deberán ser repartidos en partes iguales. 

Capitulación con régimen de separación de bienes

Como su nombre lo indica, en esta capitulación matrimonial, cada persona conserva sus derechos individuales sobre los bienes adquiridos antes, durante y después del matrimonio. Por lo tanto, ninguno de los cónyuges podrá reclamar la repartición de los mismos.

Las ventajas de este tipo de régimen económico matrimonial son: 

  • Independencia total para disponer de los bienes pues no se requiere del consentimiento de la pareja. 
  • Facilidad para dividir el patrimonio matrimonial
  • No afecta las herencias familiares o donaciones obtenidas antes del matrimonio. 
  • Se facilitan las decisiones y acuerdos relacionados con la prole.
  • No existe el riesgo de contraer las deudas de uno de los cónyuges que pongan en peligro el patrimonio familiar. 

Capitulación matrimonial con régimen de participación de bienes

En este documento se establece que mientras el matrimonio esté en vigencia, cada cónyuge tiene derecho a percibir una parte de las ganancias obtenidas por el otro.

Cabe destacar que, si los cónyuges no han establecido ninguno de los regímenes económicos matrimoniales mencionados con anterioridad, en caso de separación o divorcio, la ley española aplica por defecto el de bienes gananciales, como sabemos, implica la repartición de los beneficios en igual proporción. 

Preguntas Frecuentes sobre las capitulaciones matrimoniales

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Con la finalidad de despejar cualquier duda que pudiera surgir con respecto a las capitulaciones matrimoniales en España, a continuación, se presenta un compendio de preguntas con su respectiva respuesta:

¿Cómo son las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones matrimoniales en España son documentos legales en los cuales los interesados establecen un acuerdo que le permita solventar algún inconveniente con respecto a los bienes económicos o a la convivencia en común. 

En términos generales, las capitulaciones matrimoniales pueden ser otorgadas por cualquier persona que se encuentre facultada para contraer nupcias, entre los que se destacan: individuos que posean la mayoría de edad, los menores que se encuentren emancipados y los discapacitados que estén asistidos por los padres o, en su defecto, por un tutor. 

¿Cómo se hacen las capitulaciones matrimoniales?

Las capitulaciones pueden ser solicitadas previo a la celebración del matrimonio o después del mismo. Al respecto, el Código Civil español establece en el artículo 1326 que:

“Si se realiza con anterioridad, el acto matrimonial no debe retrasarse más de un año desde la firma de la escritura pública y el régimen económico seleccionado entrará en vigor en el momento en que se contraiga el matrimonio”.

Del mismo modo, la normativa legal determina que el régimen económico establecido en las capitulaciones matrimoniales puede ser modificado cuando y tantas veces como lo deseen los cónyuges, con la condición que debe existir un consenso entre ellos para hacerlo. 

Al respecto, el artículo 1331 del Código Civil, estipula que para efectuar estas modificaciones es necesario asistir a una notaría pública  y cancelar el coste establecido por el servicio. 

¿Cuáles son las capitulaciones matrimoniales más frecuentes?

Las capitulaciones matrimoniales que poseen mayor demanda en España son los regímenes gananciales y separación de bienes.

Los expertos en esta materia coinciden en recomendar a los cónyuges el régimen económico de separación de bienes, de manera que ninguno quede afectado por las deudas o responsabilidades al momento de un divorcio. 

Sobre todo, se aconseja este tipo de régimen económico cuando solo uno de los cónyuges ha adquirido bienes o propiedades antes del matrimonio. Tomar esta decisión tiene sus ventajas, ya que facilita los acuerdos con respecto a los hijos menores de edad y a las donaciones y herencias familiares. 

¿Cómo se inscriben las capitulaciones matrimoniales en el Registro Civil?

Como dijimos al principio de este escrito, las capitulaciones deben ser redactadas por un notario y recogidas en un documento público, conocido con el nombre de escritura pública. 

Para inscribir las capitulaciones matrimoniales en el Registro civil se procede de la siguiente manera:

  • Solicitar al notario tres copias de la escritura 
  • Ambos cónyuges deben estar empadronados.
  • Presentarse en el Registro Civil correspondiente a la localidad donde se empadronaron los cónyuges.
  • Entregar al funcionario autorizado las tres copias de la capitulación redactada por el notario. 
  • El Registro Civil legaliza estas copias del documento.

Para finalizar el proceso en el Registro Civil queda resguardada una copia del documento, mientras que las restantes son entregadas a cada uno de los contrayentes. 

¿Cuánto cuesta hacer capitulaciones matrimoniales en España?

En España, la tarifa a cancelar por un documento de capitulación matrimonial oscila en torno a los sesenta euros, sin embargo, cuando se trata de régimen económico de separación de bienes este monto puede aumentar. 

Sin embargo, bien vale la pena realizar esta inversión pues una capitulación matrimonial realizada por un notario les otorga a los contrayentes, por un lado, la seguridad que están actuando en el marco de la ley y, por otro, representa un acuerdo para prevenir posibles inconvenientes que puedan generarse en el futuro. 

Para finalizar, es preciso señalar que en casi toda España rige el régimen económico ganancial, salvo en las comunidades autónomas de Valencia, Baleares y Cataluña donde las capitulaciones matrimoniales se basan en la separación de bienes.

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